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Ley N° 16.518.
PROTOCOLO AL TRATADO ANTÁRTICO SOBRE
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (Protocolo de Madrid)
SE APRUEBA EL MISMO Y SUS ANEXOS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°.
Apruébanse el Protocolo al Tratado Antártico
sobre Protección del Medio Ambiente y sus Anexos, adoptados en la XI
Reunión Consultiva Especial del Tratado Antártico y suscritos por la
República el 4 de octubre de 1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de
Representantes, en Montevideo, a 12 de julio de 1994.
MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.
MINISTERIO DE VIVIENDA,
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE.
Montevideo, 22 de julio de 1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese,
publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANTORO.
SERGIO ABREU.
DANIEL HUGO MARTINS.
MANUEL ANTONIO ROMAY.
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Montevideo,
abril de 1998.
Poder
Legislativo. |
Ver el
texto completo del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del
Medio Ambiente y sus Anexos (Protocolo de Madrid)
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